En algún sentido, la propuesta braidottiana podría resumirse bien diciendo que se trata de un intento por vincular el proyecto epistemológico del nomadismo deleuzeano a una crítica feminista del esencialismo del sujeto, ésta última articulada a partir de la centralidad dada a lo que nuestra autora denomina las “raíces corpóreas” de la subjetividad. En términos bien generales, y de acuerdo también con los propios énfasis de la lectura braidottiana de Deleuze, el proyecto filosófico “nómade” se concentra, fundamentalmente, en la disolución de toda idea de Centro, de sitios originarios o de identidades auténticas. […]
¿Qué nombre deberíamos darle a esas narraciones que construyen conocimiento desde la exposición de una experiencia que es al mismo tiempo personal y profundamente colectiva? En este texto quiero releer a Audre Lorde a la luz del concepto de memorias plásticas, que surge de una triple conjunción entre las escrituras autobiográficas puestas en marcha por autoras y poetas negras y chicanas de los años 70 y 80 del siglo XX en EEUU, la idea de plasticidad desarrollada por Catherine Malabou y el concepto de figuración articulado por la filósofa Rosi Braidoti. Las memorias plásticas surgen de la mano de aquellas formas de escritura autobiográfca que buscan hacer estallar los mandatos dominantes del género, la raza y la sexualidad, poniendo en evidencia sus silencios. Una memoria plástica es una reapropiación de la palabra desde la que se desenvuelven distintos intentos por valorar historias descorridas de los horizontes normativos. […]
La expansión de los derechos humanos, así como su defensa e institucionalización, se ha convertido en el lenguaje indiscutible, aunque no la realidad, de la política global. Este texto plantea la cuestión del universalismo en los sentidos cultural, metafísico, moral y legal en referencia al debate contemporáneo sobre los derechos humanos. Defiendo que existe un derecho moral fundamental, el «derecho a tener derechos» (Hannah Arendt) de todo ser humano a ser reconocido por otros, y a su vez reconocer a otros, como una persona con derecho a respeto moral y a derechos legalmente protegidos dentro de una comunidad humana. Los derechos humanos articulan los principios morales que protegen la libertad comunicativa de los individuos. Estos principios morales son distintos de la positivización legal y de la especificación de estos derechos; existe sin embargo una conexión necesaria y no meramente contingente entre los derechos humanos en tanto que principios morales y su forma legal. La unidad y diversidad de los derechos humanos sólo se puede defender desde la base de un compromiso con formas democráticas de gobierno así como con una sociedad civil y una esfera pública libres. «Otro universalismo» sugiere que los procesos de aprendizaje y las conversaciones, así como los enfrentamientos sobre el alcance y la justificación de los derechos humanos, no son discusiones globales. […]